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Quito,

 

PREGUNTAS FRECUENTES
COMO ACCEDER AL FINANCIAMIENTO DE UN PROYECTO?

Preparar proyecto.- éste deberá cumplir todas las normativas legales y técnicas establecidas en la Ley y Reglamento de Creación del Fondo de Solidaridad; y, del Instructivo para el Financiamiento de Proyectos establecido por la Institución.

CUAL ES EL LIMITE MAXIMO DE FINANCIAMIENTO AL QUE SE PUEDE ACCEDER?

Depende de la disponibilidad presupuestaria de la Institución / Naturaleza del Proyecto / Impacto Social / Trascendencia del proyecto.

CUANTO TIEMPO DEMORA LA APROBACION DE UN PROYECTO?

No puede establecerse un tiempo determinado, depende del cumplimiento de las normativas legal y técnica en la formulación del proyecto; y de la oportunidad con la cual el Directorio tome conocimiento de la solicitud de financiamiento y se pronuncie.

Instancias a cumplirse:

1. Formulación del Proyecto

2. Análisis del cumplimiento de requisitos
a. Antecedentes
b. Procesos / acciones
c. Datos técnicos
d. Aspectos Legales /Marco Institucional

3. Conocimiento del Comité de Proyectos

4. Aprobación del Proyecto por parte del Directorio del Fondo de Solidaridad

DONDE SE DEBE PRESENTAR UN PROYECTO Y CON QUE OTROS REQUISITOS?

En la Ave. 6 de diciembre 25-75 y Colón – Edif. Partenón (Recepción)
Proyecto completo adjunto a una carta cuyo destinatario deberá ser el Gerente General del Fondo de Solidaridad.

PUEDE EL FONDO DE SOLIDARIDAD FORMULAR UN PROYECTO? No.
BRINDA ASESORAMIENTO EN LA FORMULACIÓN DE UN PROYECTO?

Puede brindar orientación, pero no participar en su formulación.

PUEDE EL FONDO DE SOLIDARIDAD CONSTRUIR OBRAS?

No, el Fondo de Solidaridad es una entidad Financista no Ejecutora.

EL FONDO DE SOLIDARIDAD FINANCIA ESTUDIOS PARA PROYECTOS

No. Los recursos del Fondo de Solidaridad financian únicamente gastos de inversión.

COMO SE FINANCIA DEL FONDO DE SOLIDARIDAD?

1. Con recursos que provengan de las enajenaciones de la participación del Estado en las empresas estatales, de la transferencia de los bienes de su propiedad y de las concesiones para la prestación de servicios públicos a la iniciativa privada bajo cualquiera de los mecanismos y modalidades contemplados en la Ley de Modernización del Estado, privatizaciones y prestación de servicios públicos por parte de la iniciativa privada.

2. Los que provengan de donaciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras a cualquier título; y,

3. Los que se originen en cualquier otra operación activa o pasiva que el Fondo de Solidaridad pueda realizar de conformidad con la Ley.

 

 

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